5-Directriz del Comité de Conciliación
DIRECTRIZ PREVENCIÓN DE DAÑO ANTIJURÍDICO N° 12
DIRECTRIZ PREVENCIÓN DE DAÑO ANTIJURÍDICO N° 12
¿Cuál es la normatividad que rige a los Comités de Conciliación?
Actualmente la normatividad que rige a los Comités de Conciliación es:
El Comité de Conciliación y defensa judicial de la Universidad del Valle está conformado por los siguientes servidores :
Concurrirán solo con derecho a voz, el apoderado de la universidad, el Secretario técnico del comité y el jefe de control interno o quien haga sus veces, además el comité podrá invitar a sus sesiones a un funcionario de la Dirección de Defensa Jurídica del Estado del Ministerio del interior y de justicia. La función del Secretario técnico es ejercida por un abogado designado. En la actualidad el secretario técnico del comité de conciliación de la Universidad del Valle es el Profesional en Derecho Fernando Fierro Pérez.
El artículo 120 de la Ley 2220 de 2022 precisa que son funciones del Comité:
El Comité de Conciliación es una instancia administrativa, definida mediante el Decreto 1716 de 2009. En su artículo 16 establece que el Comité de Conciliación es una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad.
Igualmente decidirá, en cada caso específico, sobre la procedencia de la conciliación o cualquier otro medio alternativo de solución de conflictos, con sujeción estricta a las normas jurídicas sustantivas, procedimentales y de control vigentes, evitando lesionar el patrimonio público. La decisión de conciliar tomada en los términos anteriores, por sí sola, no dará lugar a investigaciones disciplinarias, ni fiscales, ni al ejercicio de acciones de repetición contra los miembros del Comité.